El artículo propone una reconstrucción interpretativa posterior a la Casación N.º 06-2026-3SDCST para tutelar al locador de servicios que acredita prestación personal, remuneración y subordinación. Distingue el acceso originario al empleo público, sujeto a concurso, de la reposición como tutela restitutoria de una relación material Estado-empleado previamente existente y terminada injustificadamente. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).
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