El material estudia el silencio administrativo dentro de las omisiones de la Administración y como forma de conclusión del procedimiento. Diferencia silencio positivo y negativo, explica el plazo del procedimiento de evaluación previa, el doble silencio, su aplicación en procedimientos sancionadores y los supuestos de nulidad de actos obtenidos mediante silencio positivo. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).

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By Maestro José María Pacori Cari

Abogado Especialista en Derecho Administrativo, Derecho Laboral y Derecho Previsional. Profesor de Derecho en la Universidad José Carlos Mariátegui en Arequipa, Perú. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Columnista en el Suplemento La Gaceta Jurídica en Bolivia

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