El artículo desarrolla la realización del riesgo como criterio de imputación objetiva del resultado en materia disciplinaria. Explica que causalidad e infracción funcional no bastan para atribuir responsabilidad, pues debe individualizarse cuál de los riesgos concurrentes se materializó efectivamente en el resultado y si corresponde al riesgo jurídicamente desaprobado creado por el servidor. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).

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By Maestro José María Pacori Cari

Abogado Especialista en Derecho Administrativo, Derecho Laboral y Derecho Previsional. Profesor de Derecho en la Universidad José Carlos Mariátegui en Arequipa, Perú. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Columnista en el Suplemento La Gaceta Jurídica en Bolivia

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