El artículo desarrolla el principio de confianza como autorización normativa para que los servidores públicos confíen en el correcto cumplimiento de las funciones de otros servidores. Examina su relación con la imputación objetiva, la división funcional del trabajo, el riesgo permitido, la prohibición de regreso y los límites para su aplicación disciplinaria. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).
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