Desarrolla el recurso de apelación previsto en la Ley General de Contrataciones Públicas, precisando los actos impugnables, la oportunidad para su interposición, los sujetos legitimados y el procedimiento para resolver las controversias surgidas durante el procedimiento de selección antes del perfeccionamiento del contrato. Asimismo, explica su finalidad como mecanismo de control de legalidad y tutela de los derechos de los participantes y postores. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).
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