Desarrolla el principio de verdad material previsto en el numeral 1.11 del artículo IV del Título Preliminar del TUO de la Ley 27444, conforme al cual la autoridad administrativa debe verificar plenamente los hechos que sustentan sus decisiones y actuar de oficio los medios probatorios necesarios. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).

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By Maestro José María Pacori Cari

Abogado Especialista en Derecho Administrativo, Derecho Laboral y Derecho Previsional. Profesor de Derecho en la Universidad José Carlos Mariátegui en Arequipa, Perú. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Columnista en el Suplemento La Gaceta Jurídica en Bolivia

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