Analiza la posibilidad jurídica de negociar colectivamente incrementos remunerativos y condiciones económicas para trabajadores CAS a nivel descentralizado. Explica que la Ley 31188 y la Ley 31638 permiten esta negociación, descartando prohibiciones absolutas y aplicando igualdad, libertad sindical e in dubio pro operario. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).


By Maestro José María Pacori Cari

Abogado Especialista en Derecho Administrativo, Derecho Laboral y Derecho Previsional. Profesor de Derecho en la Universidad José Carlos Mariátegui en Arequipa, Perú. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Columnista en el Suplemento La Gaceta Jurídica en Bolivia

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