Recurso extraordinario contra resoluciones que declaran improcedente o infundada demanda constitucional. Se interpone en 10 días ante Sala Superior. Permite revisión por Tribunal Constitucional. Requiere identificación de errores de hecho y derecho, expresión de agravios y posibilidad de ofrecer prueba extemporánea. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).

