El material diferencia claramente la obra de la consultoría de obra. La primera constituye una prestación material destinada a ejecutar infraestructura u otra intervención física; mientras que la segunda constituye una prestación profesional especializada vinculada técnicamente con una obra y comprende la elaboración de expedientes técnicos, la supervisión de obras y la supervisión de expedientes técnicos. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).

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By Maestro José María Pacori Cari

Abogado Especialista en Derecho Administrativo, Derecho Laboral y Derecho Previsional. Profesor de Derecho en la Universidad José Carlos Mariátegui en Arequipa, Perú. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Columnista en el Suplemento La Gaceta Jurídica en Bolivia

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