Demanda conjunta de cónyuges para separación convencional y posterior disolución matrimonial. Se tramita en vía sumarísima (art. 546 CPC). Requiere convenio sobre alimentos, patria potestad y bienes. Incluye intervención del Ministerio Público si hay hijos. Destaca naturaleza no contenciosa y rapidez procesal. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).


By Maestro José María Pacori Cari

Abogado Especialista en Derecho Administrativo, Derecho Laboral y Derecho Previsional. Profesor de Derecho en la Universidad José Carlos Mariátegui en Arequipa, Perú. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Columnista en el Suplemento La Gaceta Jurídica en Bolivia

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