El artículo analiza el principio de verdad material en el procedimiento administrativo peruano, regulado en la Ley 27444. Este principio impone a la autoridad administrativa la obligación de verificar los hechos más allá de las pruebas aportadas por los administrados, garantizando decisiones sustentadas en la verdad objetiva y el interés público. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).
EL PRINCIPIO DE VERDAD MATERIAL EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO – AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARIDescarga

