El artículo analiza el principio de verdad material en el procedimiento administrativo peruano, regulado en la Ley 27444. Este principio impone a la autoridad administrativa la obligación de verificar los hechos más allá de las pruebas aportadas por los administrados, garantizando decisiones sustentadas en la verdad objetiva y el interés público. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).


By Maestro José María Pacori Cari

Abogado Especialista en Derecho Administrativo, Derecho Laboral y Derecho Previsional. Profesor de Derecho en la Universidad José Carlos Mariátegui en Arequipa, Perú. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Columnista en el Suplemento La Gaceta Jurídica en Bolivia

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