Los contratos administrativos se enmarcan en el Derecho Administrativo, rama del Derecho Público. Se caracterizan por la participación de la Administración Pública como parte contratante y por su finalidad de satisfacer el interés general. Su régimen jurídico especial los diferencia de los contratos civiles, garantizando transparencia y eficiencia estatal. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).


By Maestro José María Pacori Cari

Abogado Especialista en Derecho Administrativo, Derecho Laboral y Derecho Previsional. Profesor de Derecho en la Universidad José Carlos Mariátegui en Arequipa, Perú. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Columnista en el Suplemento La Gaceta Jurídica en Bolivia

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