El contrato de trabajo puede celebrarse a plazo indeterminado o bajo modalidad temporal, dependiendo de las necesidades empresariales y características de la actividad. Los contratos temporales requieren formalidad escrita, causa objetiva y duración determinada. Existen diversas modalidades como contratos por emergencia, suplencia, temporada o reconversión, sujetos a requisitos legales específicos. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).
SESIÓN 07 – CONTRATO TRABAJO TEMPORAL 728 Y CONTRATO TRABAJO INDETERMINADO 728 – AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARIDescarga

