El contrato de trabajo puede celebrarse a plazo indeterminado o bajo modalidad temporal, dependiendo de las necesidades empresariales y características de la actividad. Los contratos temporales requieren formalidad escrita, causa objetiva y duración determinada. Existen diversas modalidades como contratos por emergencia, suplencia, temporada o reconversión, sujetos a requisitos legales específicos. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).


By Maestro José María Pacori Cari

Abogado Especialista en Derecho Administrativo, Derecho Laboral y Derecho Previsional. Profesor de Derecho en la Universidad José Carlos Mariátegui en Arequipa, Perú. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Columnista en el Suplemento La Gaceta Jurídica en Bolivia

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