LEY 30518 – LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2017: CONTINÚA LA PROHIBICIÓN DE INCREMENTO DE REMUNERACIONES EN EL SECTOR PÚBLICO Y NUEVAMENTE SE PRODUCIRÁ EL NOMBRAMIENTO DE PROFESIONALES DE LA SALUD Y TÉCNICOS Y AUXILIARES ASISTENCIALES

Por José María Pacori Cari

Catedrático de Derecho de la UJCM – Socio de la Asociación Española del Derecho del Trabajo y Seguridad Social.

En materia laboral, el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto para el Sector Público del 2017 vuelve a reiterar la prohibición de negociar incrementos remunerativo en los siguientes términos Prohíbase en las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, el reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, estímulos, incentivos, compensaciones económicas y beneficios de cualquier naturaleza, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad, y fuente de financiamiento. Asimismo, queda prohibida la aprobación de nuevas bonificaciones, asignaciones, incentivos, estímulos, retribuciones, dietas, compensaciones económicas y beneficios de toda índole con las mismas características señaladas anteriormente. Los arbitrajes en materia laboral se sujetan a las limitaciones legales establecidas por la presente norma y disposiciones legales vigentes. La prohibición incluye el incremento de remuneraciones que pudiera efectuarse dentro del rango o tope fijado para cada cargo en las escalas remunerativas respectivas.”

Por su parte, pese a que por rumores se indicó que este año ya no habría nombramientos para los profesionales de la salud y los técnicos y auxiliares, nuevamente la Ley de Presupuesto para el 2017 ha indicado en su artículo 8.1, literal g) lo siguiente: “Prohíbese el ingreso de personal en el Sector Público por servicios personales y el nombramiento, salvo en los supuestos siguientes: (…) g) El nombramiento de hasta el 20% (veinte por ciento) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud – CLAS, definidos a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153.”

Bueno a continuación, el texto íntegro de la Ley 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017:

By Maestro José María Pacori Cari

Abogado Especialista en Derecho Administrativo, Derecho Laboral y Derecho Previsional. Profesor de Derecho en la Universidad José Carlos Mariátegui en Arequipa, Perú. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Columnista en el Suplemento La Gaceta Jurídica en Bolivia

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