El artículo examina las consecuencias jurídicas de la Ley 31701, que declara el 5 de noviembre como Día del Trabajador Municipal y jornada no laborable remunerada. Analiza su aplicación a los trabajadores sujetos a los regímenes laborales 276, 728 y CAS, el carácter gremial del feriado, su oportunidad de disfrute y la controversia sobre el pago de triple remuneración. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).

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By Maestro José María Pacori Cari

Abogado Especialista en Derecho Administrativo, Derecho Laboral y Derecho Previsional. Profesor de Derecho en la Universidad José Carlos Mariátegui en Arequipa, Perú. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Columnista en el Suplemento La Gaceta Jurídica en Bolivia

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