El modelo desarrolla la solicitud de interrupción procesal por un hecho imprevisto relacionado con la salud que imposibilita concurrir a una audiencia. Permite solicitar la ineficacia del plazo afectado y la reprogramación de la diligencia, sustentando el impedimento mediante certificado médico y demás documentos que acrediten objetivamente la situación de salud. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).
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