Analiza el artículo 138 del Código Penal Militar Policial sobre información falsa en asuntos del servicio. El tipo exige proporcionar información falsa o comunicar órdenes alteradas, causando fracaso de misión o peligro del servicio. Protege la fidelidad a la función militar y policial institucional. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).


By Maestro José María Pacori Cari

Abogado Especialista en Derecho Administrativo, Derecho Laboral y Derecho Previsional. Profesor de Derecho en la Universidad José Carlos Mariátegui en Arequipa, Perú. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Columnista en el Suplemento La Gaceta Jurídica en Bolivia

Leave a Reply