Los contratos menores, regulados por la Ley 32069, son aquellos celebrados por entidades públicas cuando el monto no supera las 8 UIT. Estos contratos no requieren procedimientos de selección y son supervisados por el OECE. Su tramitación es más ágil, registrándose y gestionándose a través de la plataforma Pladicop para garantizar transparencia. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).


By Maestro José María Pacori Cari

Abogado Especialista en Derecho Administrativo, Derecho Laboral y Derecho Previsional. Profesor de Derecho en la Universidad José Carlos Mariátegui en Arequipa, Perú. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Columnista en el Suplemento La Gaceta Jurídica en Bolivia

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