El modelo desarrolla el ofrecimiento de prueba extemporánea en un proceso constitucional cuando, después de presentada la demanda, surge un hecho nuevo relevante para la controversia. Solicita la admisión de los documentos, el traslado a la contraparte y, de corresponder, dejar sin efecto el llamado para sentenciar para valorar adecuadamente la nueva prueba. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).

#PruebaExtemporánea #ProcesoConstitucional #Amparo #MediosProbatorios #HechoNuevo #DerechoProcesalConstitucional #TutelaConstitucional #DerechosFundamentales #ProcesoJudicial #JoséMaríaPacoriCari


By Maestro José María Pacori Cari

Abogado Especialista en Derecho Administrativo, Derecho Laboral y Derecho Previsional. Profesor de Derecho en la Universidad José Carlos Mariátegui en Arequipa, Perú. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Columnista en el Suplemento La Gaceta Jurídica en Bolivia

Leave a Reply