Desarrolla el pedido de reprogramación de audiencias judiciales cuando, por caso fortuito, fuerza mayor o defectos de notificación, no resulta posible su realización. Analiza la legitimación del abogado para presentar este pedido y los fundamentos procesales que justifican la continuación regular del proceso. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).
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