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Desarrolla la delegación de firma prevista en el artículo 83 del TUO de la Ley 27444 como mecanismo mediante el cual el titular de un órgano administrativo autoriza a sus subordinados o titulares dependientes a suscribir actos y decisiones de su competencia. Explica requisitos, formalidades, límites, responsabilidades del delegante y delegado, así como los supuestos en los que esta figura resulta improcedente. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).
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