Desarrolla la naturaleza jurídica de las sociedades de beneficencia como personas jurídicas de derecho público interno que no constituyen entidades públicas. Analiza su autonomía, régimen laboral privado regulado por el Decreto Legislativo 728, exclusión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y criterios interpretativos emitidos por SERVIR. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).

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By Maestro José María Pacori Cari

Abogado Especialista en Derecho Administrativo, Derecho Laboral y Derecho Previsional. Profesor de Derecho en la Universidad José Carlos Mariátegui en Arequipa, Perú. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Columnista en el Suplemento La Gaceta Jurídica en Bolivia

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