Analiza la Ley 31701 que establece el 5 de noviembre como feriado gremial del trabajador municipal. Aplica a regímenes 276, 728 y CAS. Determina su goce el lunes siguiente y establece que, si se labora ese día, corresponde pago adicional, pudiendo alcanzar triple remuneración según supuestos. “Porque al servir a lo demás seremos libres” (José María Pacori Cari).

