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Analiza la renuncia como acto jurídico laboral unilateral del trabajador que pone fin al vínculo laboral. Regula requisitos como comunicación escrita, plazo de 30 días y posibilidad de exoneración. Diferencia renuncia de despido y mutuo disenso, destacando la importancia de la voluntad libre y expresa del trabajador. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).

