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Explica el silencio administrativo como forma de conclusión del procedimiento. El silencio positivo produce aprobación ficta con efectos de resolución, mientras el negativo habilita impugnación. Establece supuestos, plazos y límites, garantizando tutela del administrado frente a la inactividad estatal. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).

