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Desarrolla el régimen jurídico de la notificación en el procedimiento de ejecución coactiva, estableciendo modalidades, requisitos, plazos y efectos, conforme a la Ley 26979 y la Ley 27444. Garantiza el debido procedimiento, limitando la potestad coactiva mediante reglas estrictas sobre domicilio, formas de notificación y validez. “Porque al servir a los demás seremos libres” (José María Pacori Cari).

